Retrasar la salida del mercado laboral ya no es solo una cuestión de vocación o de necesidad económica, el sistema de la Seguridad Social ofrece recompensas concretas para quienes deciden seguir cotizando una vez alcanzada la edad ordinaria de jubilación.
La fórmula más conocida es la jubilación demorada, una modalidad que consiste en seguir trabajando y cotizando después de cumplir la edad ordinaria, sin solicitar todavía la pensión y de manera totalmente voluntaria. A cambio, por cada año completo de demora se suma un 4% adicional a la base reguladora, un incremento que se mantiene de por vida una vez calculada la pensión definitiva. Desde 2025, además, los periodos de demora superiores a seis meses e inferiores a un año también computan con un porcentaje adicional del 2%.
Para acceder a este incentivo hace falta haber cotizado un mínimo de 15 años a la Seguridad Social y tener cumplida la edad ordinaria de jubilación que corresponda en cada caso.
Tres maneras de cobrar el incentivo
La normativa permite elegir tres maneras distintas de cobrar ese incentivo económico. La primera opción es el 4% adicional, ya mencionado, por cada año completo que se continúe trabajando después de la edad legal de retiro. Este porcentaje se aplica a la pensión de jubilación.
En caso de no demorar la jubilación en años completos, también es posible computar los períodos superiores a seis meses e inferiores a un año, siempre que se coticen a partir del segundo año de demora de la jubilación. Esos periodos aportarán un porcentaje adicional del 2% por cada tramo de seis meses completado.
La segunda opción de cobrar la demora es un pago único a tanto alzado que se entrega de una sola vez en el momento de jubilarse, y que puede incrementarse un 10% si se acreditan más de 44 años y medio de cotización.
La tercera es una fórmula mixta, pensada para quienes demoran su jubilación entre dos y diez años, que combina ambas ventajas. Por un lado, un porcentaje adicional por parte del periodo demorado y por otro lado, un pago único por el resto.
La elección no es trivial. Para quienes tienen bases reguladoras reducidas suele compensar más el pago a tanto alzado, mientras que quienes buscan una pensión mensual más alta durante el resto de su vida tienden a preferir el porcentaje adicional.
La jubilación activa: modalidad que permite cobrar sueldo y pensión a la vez
Existe una segunda vía para quienes, en lugar de posponer el cobro de la pensión, prefieren empezar a percibirla y seguir trabajando en paralelo. Es el caso de la jubilación activa, donde la persona ya está jubilada y compatibiliza un porcentaje de su pensión con una nueva actividad, por cuenta ajena o propia.
En 2026, el porcentaje de pensión que se cobra va del 45% al 100% en función del tiempo de demora en el acceso a la jubilación respecto a la edad ordinaria. Así, un año de demora da derecho al 45% de la pensión, dos años al 55%, tres al 65%, cuatro al 80% y cinco o más al 100% de la pensión. Si la actividad no se interrumpe, se añade además una bonificación del 5% adicional por cada año de permanencia, hasta un máximo del 100% de la pensión.
Compatibilidad con la actividad y con la cotización
Durante la jubilación activa se sigue cotizando, aunque con una cuota reducida, salvo la llamada cuota de solidaridad, que no genera derechos adicionales sobre la futura pensión.
Además, el sistema contempla una exoneración de cuotas a la Seguridad Social para empresarios y trabajadores que continúan en activo tras alcanzar la edad de jubilación dentro de la modalidad demorada, lo que reduce el coste de mantenerse trabajando durante ese periodo.
Una decisión que conviene calcular con antelación
Cualquier de estas modalidades de jubilación se tienen que solicitar de forma expresa y valorar cada situación personal, porque el efecto sobre la pensión final varía según los años cotizados, la base reguladora y el tipo de actividad. La decisión contraria a demorar la jubilación implica precisamente lo opuesto. Jubilarse anticipadamente trae una reducción de la pensión mediante coeficientes reductores. Por ello, es importante conocer bien ambos extremos del sistema antes de decidir cuándo dar el paso hacia la jubilación.
En cualquier caso, la tendencia del sistema es que cuanto más tiempo se permanece en activo tras la edad ordinaria, mayores son las compensaciones previstas por la Seguridad Social.


