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ODS8. El Consejo de Consumidores y Usuarios pide información al Banco de España y ampliación de plazos para las moratorias de créditos hipotecarios y al consumo

Para las organizaciones de consumidores ese plazo debería ser al menos de seis meses, y contemplar la posibilidad posterior de líneas de crédito extraordinarias destinadas a quienes mantengan sus dificultades económicas con motivo del Estado de Alarma

07-04-2020



El presidente del Consejo de Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU), Carlos Ballugera, ha dirigido sendas cartas a los máximos representantes del Banco de España, la Asociación Española de la Banca y la Asociación Hipotecaria Española, pidiendo más información y mejora de las condiciones a los consumidores de las medidas de moratoria de crédito hipotecario y al consumo aprobadas por el Gobierno mediante los Reales Decreto-ley 8/2020 y 11/2020, de 17 y 31 de marzo respectivamente.

En su carta al gobernador del Banco de España, el presidente del CCU señala que las informaciones sobre las moratorias que las entidades prestamistas supervisadas tienen la obligación de remitir a esa entidad son de gran interés y utilidad para las personas consumidoras y para sus representantes, con el fin de gestionar mejor las posibilidades de obtener dichas moratorias. Por ello, solicita que se garantice el conocimiento público de esa información, con una periodicidad acorde al Estado de Alarma en el que vivimos y que podría ser semanal, lo que contribuiría también a ajustar las peticiones de la ciudadanía a las necesidades y problemas de los acreedores favoreciendo la confianza y el equilibrio del mercado.

Por lo que respecta a la Asociación Hipotecaria Española y a la Asociación Española de la Banca, el Consejo de Consumidores y Usuarios se congratula de su apoyo a las medidas de moratoria, pero pide que las entidades bancarias vayan más allá de los tres meses brindados por el Gobierno, acordando con sus clientes plazos más amplios, que podrían ser de seis meses. 

El CCU destaca en sus misivas la acreditada voluntad de los consumidores de mantenerse en el cumplimiento voluntario de sus obligaciones de pago, como lo demuestra la baja tasa su morosidad, tanto absoluta como relativa, claramente inferior a la morosidad empresarial. Y pide, además, que se contemple la condonación del interés remuneratorio durante ese periodo, reanudándose la amortización tras el cese de la moratoria si el deudor ha conseguido recuperarse, u ofreciendo, en caso contrario la posibilidad de líneas de crédito extraordinarias para financiar la devolución de las cantidades aplazadas.