
Aprobado el borrador del Anteproyecto de Ley sobre información no financiera de las empresas
Esta Ley afectará a empresas que tengan un número medio de trabajadores durante el ejercicio superior a 500 o que facturen más de 40 millones de euros durante dos ejercicios consecutivos
La trasposición de la Directiva 2014/95/UE de Información no financiera y diversidad de la Comisión Europea es ya una realidad. El pasado 26 de enero, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas anunciaba a trámite la apertura de un período de información pública de 10 días hábiles a los interesados en la elaboración del Anteproyecto de Ley. Siete meses después, el Consejo de Ministros ha recibido el informe del ministro de Economía, Industria y Competitividad sobre el Anteproyecto de Ley y el texto será remitido al Consejo de Estado para recibir dictamen antes de su aprobación como proyecto de ley y posterior tramitación parlamentaria.
Con esta transposición se modifica el artículo 49 del Código de Comercio, los artículos 252 y 540 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital y la Ley de Auditoría de Cuentas con un doble objetivo:
- Aumentar la información no financiera del informe de gestión que acompaña a las cuentas anuales individuales y consolidadas en lo relativo a cuestiones sociales y medioambientales, así como información sobre el personal, el respeto a los derechos humanos y a la lucha contra la corrupción. El objetivo es identificar riesgos para la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad.
- Ampliar el contenido exigido en el informe anual de gobierno corporativo que publican las sociedades anónimas cotizadas, incluyendo la divulgación de las políticas de diversidad de competencias y puntos de vista que apliquen a su consejo de administración en cuestiones de edad, género, discapacidad, formación o experiencia profesional.
En concreto, en lo que atañe a cuestiones medioambientales, la Directiva Europea señala que las empresas tendrán que aportar información detallada sobre los efectos actuales y previsibles de las actividades de la empresa en el medio ambiente y, en su caso, la salud y la seguridad, el uso de la energía, las emisiones de gases de efecto invernadero, el consumo del agua y la contaminación atmosférica.
Respecto a las cuestiones sociales y relativas a personal, la información hará referencia a las medidas adoptadas para asegurar la igualdad de género, condiciones de trabajo, el diálogo social, el respeto de los derechos sindicales, la seguridad en el lugar de trabajo y las medidas de diálogo y protección con las comunidades locales. En relación a los derechos humanos, se incluirá información sobre prevención y medidas, así como en lo relativo a corrupción.
Además de generar confianza, la divulgación de información no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa contribuye a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad. De acuerdo con la Directiva, las empresas deberán presentar esta información incluyendo una descripción de las políticas y resultados en estas materias. Esta información deberá incorporarse al informe de gestión de la empresa o en un informe separado correspondiente al mismo ejercicio que incluya el mismo contenido y cumpla los requisitos exigidos.
Estos cambios normativos afectan a empresas grandes con consideración de entidad de interés público que reúnan los siguientes requisitos. Que tengan un número medio de trabajadores durante el ejercicio superior a 500 o que durante dos ejercicios consecutivos reúna al menos dos de las siguientes circunstancias: que el total de las partidas del activo sea superior a 20 millones de euros, que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 40 millones de euros o que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 250.