Este organismo, adscrito al Ministerio de Medio Ambiente y gestionado por Iberclear, abrirá ahora las cuentas en las que anotará los derechos de emisión fijados para cada instalación térmica por el plan nacional de asignación (PNA) y las operaciones de compraventa que se lleven a cabo en el mercado europeo.
Los derechos de emisión proceden de las asignaciones por instalación realizadas por cada país y aprobadas porla CE. Posteriormente, se inscriben en un registro de ámbito nacional para cada Estado miembro donde los titulares de las instalaciones disponen de una cuenta en la que dejan constancia de sus operaciones de compra y venta.
La legislación actualmente en vigor establece que el 30 de abril de 2006 el titular de una instalación deberá tener tantos derechos en su cuenta del Registro como toneladas de CO2 haya emitido durante el año 2005, y así sucesivamente para los años siguientes. En caso de incumplimiento se deberá pagar una multa de 40 euros por tonelada, además de tener que reponer los derechos necesarios. De este modo, en caso de que la asignación establecida por el PNA haya sido insuficiente para cubrir las emisiones de CO2 de una empresa, ésta deberá acudir al mercado para adquirir los derechos necesarios.
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